Dictamen N° 45700/2009
N° 45.700 Fecha: 21-VIII-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Director de Obras de la Municipalidad de Quilicura, solicitando un pronunciamiento que determine si procede que se encomiende a la unidad que dirige la medición de la distancia a que alude el inciso cuarto del artículo 8° de la Ley sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas -aprobada por el artículo primero de la ley N° 19.925-, diligencia necesaria para efectos de determinar la procedencia del otorgamiento de las patentes de alcoholes respectivas, en conformidad con dicha normativa. Sobre el particular, cumple manifestar que, según se aprecia del tenor del artículo 24 de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, relativo a las funciones de la unidad encargada de obras municipales, éstas no se encuentran reguladas en forma taxativa, de manera que no se advierte impedimento jurídico en la inclusión de la tarea de efectuar la medición referida -no asignada por la ley a determinada dependencia- dentro de sus labores habituales, habida consideración de que ella se relaciona con la aplicación de una norma que, si bien se encuentra contenida en la referida Ley sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, implica la verificación de un requisito de distanciamiento mínimo entre ciertas construcciones, gestión que no resulta ajena a las funciones de esa unidad técnica. Lo anterior, por lo demás, es concordante con la eficiente utilización de los recursos humanos en la entidad edilicia y con la debida coordinación que debe existir entre las diferentes unidades municipales, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 5° de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Por orden del Contralor General de la República Sonia Doren Lois Subcontralor General