Dictamen N° 457282/2024
N° E457282 Fecha: 28-II-2024 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que regulariza lo obrado y aprueba convenio ad-referéndum para el “Servicio de montaje y suministro de barreras dinámicas y malla para control de erosión, Quebrada del Cerro Fajas Blancas, localidad de San Alfonso, comuna de San José de Maipo, Región Metropolitana”, por cuanto deben explicarse los fundamentos en base a los cuales esa Dirección no se sujetó a la regulación contenida en el Reglamento para Contratos de Obras Públicas, aprobado por el decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas, atendida las características de los trabajos contratados, sin que resulte suficiente lo señalado en la minuta explicativa de 26 de enero de 2024, suscrita por la Jefa del Departamento de Obras Fluviales de esa dirección. En efecto, tales trabajo -como son, entre otros, la desinstalación de las barreras dinámicas existentes y su ampliación, la instalación de nuevas barreras dinámicas y de mallas para el control de erosión, obras de despeje y perfilamiento de la quebrada, relleno con lechada cementada, construcción de estructura de hormigón armado, nivelación, recorte y medidas de drenaje del talud- denotan la realización de obras. Por su parte, la cláusula sexta del aludido convenio -“Condiciones Técnicas”- da cuenta de que en la especie se comprende la ejecución de obras de defensas fluviales, las que dicen relación con la especialidad 13 O.C del Registro de Obras Mayores -respecto de aquellas cuyo presupuesto exceda las 6.000 UTM-, consistente en la “construcción de obras de defensa y de control aluvional en cauces de ríos, lagos, esteros y quebradas”, conforme a la definición contenida en el documento “Registro de Contratistas - Categorías y Especialidades”, al que hace referencia el artículo 5° del citado reglamento. Finalmente, cabe observar que la empresa contratada no se encuentra inscrita en el Registro de Contratistas del Ministerio de Obras Públicas y que, dentro de las actividades económicas vigentes informadas ante el Servicio de Impuestos Internos por aquella, no existe ninguna asociada a la construcción y/o ejecución de obras. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República (S) Juan Carlos Lillo Valenzuela Subjefe de División