Dictamen N° 45743/2009
N° 45.743 Fecha: 21-VIII-2009 Se han dirigido a esta Contraloría General las señoras Paulina Isabel Ríos Cornejo, Hadnia Lilibeth Sepúlveda Mora y Lorena Andrea Ortíz Saavedra y los señores Néstor Román Uribe González, Álvaro Andrés Sánchez Sepúlveda, Nicolás Rodrigo Zamorano Valenzuela, Rodrigo Andrés Vidal Salazar, Juan Eduardo Olmos Bruna, Álvaro Alexis Riquelme Salinas y Carlos Pascual Salazar Vera, todos funcionarios de Gendarmería de Chile, para solicitar que no se tome razón de las resoluciones N os 944, 951, 954, 955, 958, 959, 960, 961, 963 y 964, todas de 2009, de la mencionada institución penitenciaria, a través de las cuales se dispone el llamado a retiro temporal de los afectados, por cuanto, estiman, que tales determinaciones no se ajustan a derecho. Por su parte, en presentación separada, los señores Pedro Hernández Pérez y Boris Henríquez Monsalvez, Presidente y Secretario, respectivamente, de la Asociación Nacional de Funcionarios Penitenciarios, por las razones que exponen, han efectuado idéntica solicitud. Sobre el particular, cabe manifestar que mediante el oficio N° 1.642, de 28 de julio de 2009, Gendarmería de Chile solicitó “la devolución de las aludidas resoluciones, con el objeto de someterlas a un nuevo estudio”, trámite que se cumplió con fecha 4 de agosto de este año. En consecuencia, atendido que la situación expuesta por los recurrentes se encuentra solucionada, esta Contraloría General se abstiene de emitir el pronunciamiento solicitado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República