Dictamen N° 45778/2013
N° 45.778 Fecha: 19-VII-2013 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución N° 1, de 2013, del Servicio Nacional de la Discapacidad, SENADIS, mediante la cual se aprueba el convenio de transferencia de recursos suscrito entre esa repartición y la Sociedad Pro-Ayuda del Niño Lisiado, TELETÓN, por encontrarse ajustada a derecho, pero cumple con hacer presente que la referencia a “los N° 5, 6 y 7” consignada en el número i, letra b), de la cláusula vigésima primera del acuerdo de voluntades en trámite, debe entenderse efectuada a los numerales 1, 2 y 3, de la cláusula décima novena del mismo instrumento, relativo a las causales de incumplimiento parcial. Por otra parte, conforme a lo resuelto por la jurisprudencia administrativa contenida, entre otros, en los dictámenes Nºs. 38.953 y 40.526, ambos de 2013, las enmiendas que se efectúen a los actos administrativos que han sido retirados del trámite de toma de razón y que posteriormente son reingresados a esta Entidad, como ocurre en la especie, deben ser salvadas al margen de cada una de ellas mediante timbre y firma de la autoridad o ministro de fe competente, con el objeto de velar por la integridad y autenticidad del instrumento, y a fin de que exista constancia de que el jefe superior del respectivo servicio dispuso o tomó conocimiento de tales modificaciones, lo que se ha omitido efectuar respecto del documento que se sanciona. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón de la resolución en estudio. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República