Dictamen N° 45779/2013
N° 45.779 Fecha: 19-VII-2013 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución N° 47, de 2013, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, mediante la cual se aprueban las bases tipo de licitación pública para el “Convenio Marco de Gas Licuado de Petróleo”, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante lo anterior, cumple con hacer presente que esa entidad puede deshabilitar productos cuyas fichas estén defectuosas, por otros hechos a los señalados en la parte final del punto 9.12 “Publicación de Productos y/o Servicios al Catálogo”, del pliego de condiciones señalado, en la medida que lo estime conveniente para el buen funcionamiento del catálogo del convenio marco de la especie. Asimismo, cabe señalar que, en conformidad a lo previsto en el punto 9.18 “Actualización de Productos Adjudicados”, de las bases tipo en estudio, las peticiones de reemplazo o incorporación de ítems no podrán comprender más de 15 ítems nuevos y, por tanto, las solicitudes desde el producto N° 16 en adelante podrán ser rechazadas, y no como erróneamente se indica en el punto 5 del numeral 5 del formato de contrato tipo, contenido en el Anexo N° 10 del acto administrativo que se aprueba. Finalmente, es preciso advertir que, tal como se indica en el punto 9.10 “Vigencia de las Condiciones Comerciales”, de las aludidas bases de convenio marco, el adjudicatario se compromete a mantener las mejores condiciones comerciales ofertadas a sus clientes particulares y no a sus clientes adjudicados, como se indica en el numeral 6 del formato de contrato citado precedentemente. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución en estudio. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República