Dictamen CGR

Dictamen N° 45895/2009

2009-08-24 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Vigente
Sumario. Contraloría sólo conoce y se pronuncia sobre las presentaciones deducidas por particulares que se refieran a asuntos en que se haya producido una resolución denegatoria o se haya omitido o dilatado dicha resolución por la autoridad administrativa correspondiente, habiéndola requerido el interesado

N° 45.895 Fecha: 24-VIII-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General, don Oscar Ibáñez Pizarro, egresado de derecho, quien solicita un pronunciamiento respecto del plazo establecido en el artículo 8° del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación. Al respecto, cumple manifestar que de acuerdo con lo previsto en las disposiciones pertinentes de su ley orgánica -N° 10.336-, y tal como se consigna en las instrucciones sobre la materia, impartidas mediante la circular N° 24.841, de 1974, este Organismo Fiscalizador sólo conoce y se pronuncia sobre las presentaciones deducidas por particulares que se refieran a asuntos en que se haya producido una resolución denegatoria o se haya omitido o dilatado dicha resolución por la autoridad administrativa correspondiente, habiéndola requerido el interesado, circunstancias que no concurren en la especie. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República