Dictamen N° 46020/2010
N° 46.020 Fecha: 11-VIII-2010 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General don José Fernando Salazar Monares, ex empleado de la Empresa Nacional del Carbón, exonerado político, para solicitar la revisión de su pensión no contributiva, por gracia. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social, junto con remitir el expediente del interesado, informa, en síntesis, que la situación previsional del peticionario se encuentra regularizada, puesto que, el 24 de julio de 2008, se le pagó la suma de $705.663.-, correspondiente a la diferencia generada al modificarse la resolución N° 1.875, de 2001, del Ministerio del Interior, que le había concedido una jubilación no contributiva, por gracia. Sobre el particular, es dable manifestar que mediante el dictamen N° 6.980, de 2008, de este Organismo Fiscalizador, se hizo presente al recurrente la procedencia de reliquidar su pensión no contributiva, por gracia, considerando lo establecido en el artículo 27 bis del decreto N° 39, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, reglamentario de la ley N° 19.234, lo que permitió asignarle como grado de asimilación, a marzo de 1990, el 13 de la Escala Única de Sueldos, y no el 28, como se realizó primitivamente, incrementándose de esta forma el monto de dicho beneficio previsional. Ahora bien, conforme con los antecedentes tenidos a la vista y a los que obran en poder de esta Entidad de Control, aparece que a través de la resolución N° 4.481, de 2008, del Ministerio del Interior, se reliquidó la pensión de que se trata, en los términos indicados, documento que fue oportunamente cursado por esta Contraloría General. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto, cabe concluir que la jubilación no contributiva que favorece al señor Salazar Monares se encuentra correctamente determinada. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República