Dictamen N° 46061/2012
N° 46.061 Fecha: 30-VII-2012 Se ha dirigido a este Órgano Fiscalizador don José Benito Ojeda Merino en representación de la Federación Chilena de Judo, solicitando que se ordene dejar sin efecto tanto el ordinario N° 7.074, de 2011, del Instituto de Deportes de Chile, que remite el informe de fiscalización N° 54, de la misma anualidad, recaído sobre las actividades de dicha entidad -el que ordena el reintegro de los fondos que indica-, como la suspensión para la entrega de nuevos recursos establecida como consecuencia de lo anterior. Sobre el particular, cumple indicar que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, a ésta no le corresponde intervenir ni informar los asuntos que por su naturaleza sean de carácter litigioso o se encuentren sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia, lo que ocurre en la situación planteada en la especie, puesto que en relación con la materia reclamada se interpuso un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago, en los autos rol N° 11.967-2011, el que fue rechazado mediante sentencia de 22 de noviembre de 2011, confirmada por la Corte Suprema con fecha 16 de enero de 2012. Por consiguiente, en razón de los antecedentes revisados, este Organismo de Control se abstiene de emitir el pronunciamiento requerido por el peticionario. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República