Dictamen N° 46103/2014
N° 46.103 Fecha: 24-VI-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de la investigación administrativa realizada con motivo de la muerte del caballar fiscal Punta Paloma que se encontraba bajo el cuidado de su funcionario, señor Gabriel Gerónimo Acuña Leal, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que en la documentación adjunta, aparece que el día 29 de noviembre de 2013, en el instante en que dicho servidor se dirigía a la pesebrera del Haras Las Encinas, se percató que el mencionado ejemplar tenía problemas para caminar, por lo que solicitó la concurrencia de un Médico Veterinario, quien le administró los medicamentos necesarios para tratarlo, sin que el mismo evolucionara favorablemente, por lo que el citado profesional dispuso la eutanasia de ese equino. Enseguida, consta de la reseña del Departamento Fomento Equino que el avalúo del caballar fiscal era la suma de $3.500.000. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N°s 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Gabriel Gerónimo Acuña Leal, por la muerte del caballar fiscal Punta Paloma. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República