Dictamen N° 46121/2009
N° 46.121 Fecha: 24-VIII-2009 La Contraloría General no ha dado curso a la resolución N° 463, de 2009, de la Dirección de Vialidad, que aprueba antecedentes y acepta propuesta para la ejecución de la obra denominada “Construcción Puentes Weber y El Negro, Ruta Y-156 y Ruta 9, Sector Torres del Paine, Comuna de Torres del Paine, Provincia de Última Esperanza, Región de Magallanes y de La Antártica Chilena”, la suma de $3.569.198.289 en atención a las siguientes observaciones: 1.- En el resuelvo N° 7 del acto en examen, para el año en curso se imputa la suma de $108.000.000 respecto del Puente Weber y de $150.000.000 en relación al Puente El Negro, esto es, $258.000.000 en total, cantidad que resulta insuficiente para financiar el avance de obras previsto para el presente año, de acuerdo al programa de inversiones presentado por el contratista. Asimismo, la suma de $108.000.000 que se imputa en relación a la construcción del Puente Weber es inferior a la asignada para su ejecución durante el año en curso en virtud del decreto N° 1.786 del 2008 del Ministerio de Hacienda, por el cual se asignó la suma de $150.000.000, lo que infringe lo dispuesto en el artículo 80 del decreto con fuerza de ley N° 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, según el cual, tratándose de contratos celebrados para que sean cumplidos o pagados en mayor tiempo que el del año presupuestario o con posterioridad al término del respectivo ejercicio, podrán efectuarse en el año presupuestario vigente, imputaciones parciales de fondos, las que en ningún caso podrán ser inferiores al monto de los recursos asignados al contrato o proyecto para el año presupuestario respectivo. 2.- Las bases primitivamente elaboradas para la licitación de la especie no fueron oportunamente sometidas al trámite de toma de razón, en contravención a lo dispuesto en la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Contraloría General, que fija normas sobre exención de dicho trámite. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República