Dictamen CGR

Dictamen N° 461809/2024

2024-03-12 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa la resolución N° 15, de 2024, de la Dirección de Vialidad
Aplicado por
Dictamen N° 520366/2024
Aplica dictamen

N° E461809 Fecha: 12-III-2024 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que regulariza y aprueba convenio ad-referéndum N°2, relativo al “Estudio de Ingeniería Construcción Camino Estero Worsley – Fiordo Staines – I Etapa (CMT), Región de Magallanes y Antártica Chilena”, por cuando se advierten discordancias entre el plazo de las modificaciones que se aprueban por el convenio en examen y lo reflejado en el cronograma de actividades modificado. Lo anterior, a su vez genera diferencias en el desplazamiento y en la duración de las etapas posteriores, respecto de las cuales no se explicita que sean modificadas en el pacto en examen. Por otra parte, se advierten modificaciones del cronograma vigente -en relación con el modificado del convenio previo-, respecto del día de finalización de la etapa 2.1, sin que el convenio en examen se refiera a tal variación. En el mismo sentido, la etapa 2.2 y sus respectivas subetapas -2.2.1 a la 2.2.17-, en el cronograma modificado del convenio previo finalizan en el mes 53, en circunstancias que en el cronograma vigente del acuerdo en estudio terminan en el mes 54. Por su parte, la etapa 3.3 en el cronograma modificado del primer convenio se inicia el mes 53, sin embargo, en el convenio vigente empieza el mes 54, sin que tampoco el convenio en examen se refiera a tales modificaciones. Finalmente, se advierte un error en el valor del estudio expresado numéricamente en la cláusula primera del acuerdo, y en el correlativo de la parte resolutiva del acto en examen. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República (S). JUAN CARLOS LILLO VALENZUELA Subjefe de División