Dictamen N° 46303/2016
N° 46.303 Fecha: 23-VI-2016 La Contraloría General ha dado curso a la resolución de la suma, a través de la cual se aprueban las bases administrativas, bases técnicas, formularios y modelo de contrato ad-referéndum para la licitación pública de la contratación del servicio de reforestación en la reserva nacional Nalcas, Región de la Araucanía, destinado a la Dirección de Aeropuertos del Ministerio de Obras Públicas, en el entendido de que lo dispuesto en el punto 6.2, letra b, de las referidas bases administrativas, en orden a que la comisión propondrá declarar inadmisibles las ofertas de las UTP que no cumplan con lo señalado “en la letra a.4 del punto 3.2 de estas BA”, solo se encuentra referido al párrafo segundo de ese literal. Sin perjuicio de lo anterior, y atendido su contexto, corresponde que ese servicio precise, mediante la respectiva aclaración, que en el punto 6.3.1, Factor A, numeral 1, de las bases administrativas, la experiencia del oferente podrá también acreditarse respecto de proyectos en el área de reforestación de bosque nativo en la región XIV. Del mismo modo, deberá armonizar lo establecido en el párrafo final de la cláusula décima del convenio que se aprueba, con lo previsto en el punto 8, párrafo final, de las bases administrativas. Finalmente, en lo meramente formal, cabe consignar que la remisión que la cláusula novena, letra b, del aludido convenio, efectúa a la letra g de su cláusula sexta, debe entenderse referida a la letra f de la misma. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del singularizado acto administrativo. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República