Dictamen N° 46589/2009
N° 46.589 Fecha: 26-VIII-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don José Rosauro Mora Campillay, para reclamar en contra de la negativa del ex Instituto de Normalización Previsional, de pagarle el bono extraordinario previsto en la ley N° 20.134. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social, manifiesta, en lo que interesa, que al peticionario no le asiste el beneficio que pretende, pues, luego de revisada su base de datos, se ha constatado que no se encuentra calificado como exonerado político por el Ministerio del Interior, requisito indispensable para acceder a dicho beneficio. Sobre el particular, es menester indicar, en primer término, que el artículo 1° de la ley N° 20.134, concede, por una sola vez, un bono extraordinario a los ex trabajadores del sector privado y de las empresas autónomas del Estado, exonerados por motivos políticos entre el 11 de septiembre de 1973 y el 29 de septiembre de 1975, a quienes se les concedió pensión no contributiva conforme a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 12 de la ley N° 19.234 y que, además, hubiesen percibido la referida pensión al 28 de febrero de 2005 y a la fecha de publicación de la ley N° 20.134, requisitos que, acorde con las verificaciones practicadas por esta Entidad Fiscalizadora, el recurrente no cumple. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República