Dictamen N° 46647/2020
E46647 Fecha: 27/10/2020 La Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba la liquidación final de la “Asesoría a la Inspección Fiscal para la Explotación de la Obra Embalse Convento Viejo, II Etapa, Fases 1 y 2”. Sin embargo, cumple con manifestar que, en lo sucesivo, se deberá dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 90 del Reglamento para Contratación de Trabajos de Consultoría -aprobado por el decreto N° 48, de 1994, del Ministerio de Obras Públicas-, en lo concerniente a la periodicidad con que el inspector fiscal debe emitir los informes a que se refiere dicha disposición reglamentaria (aplica criterio contenido en el oficio N° E31198, de 2020, de esta procedencia). Por otra parte, cabe precisar que la resolución exenta N° 3.328, de 2017, de la Dirección General de Obras Públicas, que se menciona en el décimo sexto vistos del acto en examen, no solo dejó sin efecto el acto administrativo que allí se menciona, sino que, además, la resolución exenta N° 3.521, de 2015, del mismo origen. Luego, que la resolución N° 49, de 2015, de la Dirección General de Obras Públicas, adjudicó la asesoría de que se trata a la empresa Ingenieros Consultores Asociados S.A., y no a la que figura en el cuarto considerando y primer resuelvo del documento en estudio. Asimismo, que entiende que los trabajos propios de la asesoría concluyeron el 30 de abril de 2018, y no en la fecha que se consigna en el quinto considerando del instrumento en análisis. Enseguida, cabe hacer presente que en la columna cantidad del Anexo N° 2, Presupuesto de Disminución -transcrito en el documento de la suma-, se omitió consignar la fracción, expresada en decimales, equivalente al monto de las rebajas practicadas donde, respecto de los ítems 1.1 al 1.5, 2.1, 2.2 y 3.6, se señala 0, y 1, tratándose de las partidas 1.9, 3.1 y 5.4. Finalmente, corresponde señalar que en el resuelvo N° 5 del acto administrativo en estudio se advierte un error en la denominación del programa al cual se imputa el gasto, debiendo ser “Programa Dirección General de Concesiones de Obras Públicas”. Con los alcances que anteceden, se ha dado curso a la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Jefe de División