Dictamen N° 4675/2010
N° 4.675 Fecha: 26-I-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Félix Rosalino Franco Rojas, ex trabajador de la Compañía de Acero del Pacífico, exonerado político, para solicitar la revisión de su pensión no contributiva, por gracia. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social, cumplió con remitir el expediente del interesado. Sobre el particular, cabe señalar que mediante la resolución N° 4.626, de 2005, del Ministerio del Interior, se reliquidó la pensión no contributiva, por gracia, que le fuera concedida al recurrente por medio de la resolución N° 2.284, de 2004, del mismo origen, a contar del 1° de agosto de 2003, la que fue calculada considerando el grado 3 de la E.U.S., en conformidad a lo dictaminado por el oficio N° 27.777, de 2005, de este Organismo de Control, el que se ratifica en todas sus partes. Ahora bien, es dable manifestar que las remuneraciones contenidas en el finiquito acompañado son inferiores a las registradas por el peticionario, por lo que al resultar contradictorios dichos antecedentes, el cálculo del beneficio no contributivo que se analiza se ha debido efectuar de acuerdo al artículo 27 bis del decreto N° 39, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, como ha ocurrido en la especie, sin perjuicio de hacer presente que de aplicarse al efecto el artículo 27 del mismo texto normativo, como se impetra en esta oportunidad, el monto de la pensión así determinada sería inferior a la actualmente percibida. En consecuencia, con el mérito de todo lo antes expuesto, cabe concluir que la jubilación otorgada en conformidad con la ley N° 19.234, de la que es actualmente titular el reclamante, se ajusta a la normativa que la rige. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República