Dictamen N° 46818/2016
N° 46.818 Fecha: 24-VI-2016 La Contraloría General ha debido abstenerse de ejercer el control preventivo de juridicidad del instrumento del rubro, que aprueba el contrato celebrado con la empresa Work Service Ltda., para la prestación del servicio de guardia de seguridad, ya que, habida cuenta del monto de la contratación previsto en la cláusula segunda del convenio, y acorde al N° 9.2.2 del artículo 9° de la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Entidad Fiscalizadora, el acto en examen no se encuentra afecto a toma de razón. Atendido lo expuesto, se remite adjunto el acto administrativo de que se trata, sin perjuicio de aplicarse a su respecto las normas sobre controles de reemplazo contenidas en el Título VI, de la aludida resolución N° 1.600. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República