Dictamen N° 4706/2017
N° 4.706 Fecha: 08-II-2017 Esta Contraloría General ha dado curso al documento de la suma, que otorga primera renovación con modificación de concesión marítima menor sobre un sector de terreno de playa y playa, a Orizon S.A., por encontrarse ajustado a derecho, debiendo precisarse que, según se infiere de los antecedentes del decreto, ella se otorga en el lugar denominado Bahía Chincui, Camino a Chinquihue, km. 12,5, comuna de Puerto Montt, provincia de Llanquihue, Región de Los Lagos. A su vez, cabe señalar que la obligación consignada en el literal a), del N° 6, de la parte dispositiva del documento en examen, se refiere a “No hacer llegar al mar” la energía, materias o sustancias nocivas que indica y no “al lago” como se dispone. Finalmente, corresponde tener en consideración que la UTM en base a la cual se fija la Renta consignada en el N° 8, letra A de la parte resolutiva del acto administrativo en estudio, es la del mes de noviembre del año 2012 y no “abril 2011” como se señala en su parte final. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo de la suma. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Subjefe Subrogante División Jurídica