Dictamen CGR

Dictamen N° 47092/2016

2016-06-24 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Vigente
Sumario. Sobre presentación formulada por el diputado de la república señor Marcelo Chávez Velásquez y cinco concejales de la comuna de Coronel, respecto del proyecto “paso seco de Coronel”

N° 47.092 Fecha: 24-VI-2016 Se ha dirigido a la Contraloría General de la República el diputado señor Marcelo Chávez Velásquez y los concejales de la comuna de Coronel, señores Francisco Reyes Aguayo, Edmundo Salas Norambuena, Francisco Merino Olivares, Osvaldo Campos Torres y José Suazo Muñoz, solicitando se efectúe una investigación tendiente a determinar las eventuales responsabilidades administrativas de los funcionarios del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región del Bío-Bío, SERVIU, y de la Municipalidad de Coronel, de la época, sin perjuicio de otros organismos que pudiesen verse involucrados, ante la supuesta orden de demolición de 509 viviendas pertenecientes al proyecto Paso Seco I, II, III y IV de la comuna de Coronel, emanada del mencionado servicio de vivienda, lo que implicaría un perjuicio fiscal por una cifra estimada en M$8.000.000. Sostienen, al efecto, que ante las reiteradas denuncias de los beneficiarios del antedicho proyecto habitacional, se inicia por parte del SERVIU, una serie de inspecciones y visitas a terreno que dieron cuenta de defectos constructivos presentes en las viviendas, determinándose a través de un informe técnico la demolición de estas. Sobre el particular, de las indagaciones realizadas, antecedentes recopilados y de lo informado por el SERVIU, mediante el oficio N°1.375, de 2016, se estableció que el 27 de enero de 2016, dicha repartición pública presentó una demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual en contra de la Sociedad Constructora V y A Ltda., y la Entidad de Gestión Inmobiliaria Social, EGIS, Asesorías Habitacionales Ltda., Fergo Ltda., causa rol C-513-2016, del Segundo Juzgado Civil de Concepción, con el objeto que se les condene al pago de los recursos que se deberán invertir en la reparación o reposición de las viviendas, la que se encuentra actualmente en trámite en el mencionado juzgado. Esta acción, se funda en los informes técnicos elaborados tanto por profesionales del mencionado organismo, como también del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, MINVU, y otros entes, los cuales dan cuenta de una deficiente ejecución del proyecto en partidas asociadas a la estructura de las viviendas e incumplimiento de las especificaciones técnicas y recomendaciones del proveedor, lo que origina inestabilidad y efecto de pandeo en edificios. Lo anterior, sumado a deficiencias en la ejecución de las instalaciones y en la colocación de los revestimientos. En cuanto a las responsabilidades de la EGIS, se acreditó que el servicio remitió a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Bío-Bío, el oficio N° 12.950, de 23 de diciembre de 2015, solicitando la sanción por el incumplimiento de las prestaciones de asistencia técnica que le correspondía efectuar de acuerdo al convenio marco único regional, dictando al efecto la resolución exenta N° 100, del 27 de enero del presente año, por medio de la cual puso término anticipado al aludido convenio suscrito por esta última entidad. Asimismo, el anotado servicio de vivienda procedió a través de la resolución exenta N° 5.187, de 2015, a dar inicio a un proceso sumarial con el objeto de que se investiguen las probables faltas administrativas de los funcionarios involucrados en cada una de las etapas del antedicho proyecto, y aplicar las sanciones que procedan. Al respecto, es dable precisar que esta Entidad Fiscalizadora instruyó al SERVIU, abstenerse de seguir conociendo del proceso sumarial y remitir a este Organismo de Control el expediente respectivo, a fin de que la Contraloría Regional del Bío-Bío continúe con la tramitación del referido procedimiento disciplinario, a objeto de determinar las eventuales responsabilidades administrativas que pudieren afectar a los funcionarios involucrados en los hechos denunciados. El aludido proceso sumarial fue iniciado por dicha Contraloría Regional, a través de la resolución exenta N° 322, de 23 de marzo de 2016, el cual se encuentra en etapa indagatoria. Transcríbase al SERVIU, Región del Bío-Bío, al Jefe de la Unidad de Auditoría Interna, a la Jefe de la Unidad de Seguimiento de la Fiscalía de esta Contraloría General y a los concejales señores Francisco Reyes Aguayo, Edmundo Salas Norambuena, Francisco Merino Olivares, Osvaldo Campos Torres y José Suazo Muñoz, de la Municipalidad de Coronel. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República