Dictamen N° 47123/2015
N° 47.123 Fecha: 12-VI-2015 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al decreto N° 132, de 2015, del Ministerio de Educación, que establece la distribución del aporte a los Fondos Solidarios de Crédito Universitario entre las instituciones de educación superior que indica, con cargo a los recursos contemplados en la ley N° 20.798 de Presupuestos del Sector Público para el año 2015, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, cabe consignar que con arreglo al inciso segundo del artículo 71 bis de la ley N° 18.591 -que establece normas complementarias de administración financiera, de incidencia presupuestaria y de personal-, los recursos provenientes de la ley de presupuestos serán distribuidos entre los distintos fondos mediante decreto del Ministerio de Educación, suscrito además por el Ministro de Hacienda, requisito este último que no se cumple en la especie. En mérito de lo anteriormente expuesto, se representa el acto administrativo del epígrafe. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante