Dictamen N° 47336/2011
N° 47.336 Fecha: 26-VII-2011 Se ha dirigido a esta Entidad de Control el concejal Marcelo Alfaro Valdés, reclamando en contra del alcalde de la Municipalidad de El Bosque por el incumplimiento reiterado en la entrega de la información solicitada por el concejo, lo que, a su juicio, entorpece la labor fiscalizadora de ese cuerpo colegiado. En particular, según precisa, en la sesión N° 83, de 3 de diciembre de 2010, dicho concejo municipal solicitó al alcalde los resultados de una auditoría realizada por la Dirección de Control a la Dirección de Salud municipal. Además, en la sesión N° 84, de 14 de diciembre de 2010, ese cuerpo colegiado requirió a la autoridad edilicia los costos económicos que significó para el municipio el paro de funcionarios que indica. Al respecto, la Municipalidad El Bosque informó mediante oficio N° 400/79/258, de 2011, -cuya fotocopia se remite al recurrente- señalando, por una parte, que la información requerida fue entregada con fecha 25 de mayo de 2011 y, por la otra, que los funcionarios en cuestión no se adhirieron al paro indicado, por lo que no es posible establecer los respectivos costos económicos. En este contexto, cabe manifestar que no obstante se habría atendido el requerimiento de información de que se trata, no resultó procedente el retraso en su entrega, por lo que el alcalde deberá observar, en lo sucesivo, lo establecido en el inciso final de la letra h) del artículo 79 de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, según el cual se encuentra obligado a responder los informes solicitados por el concejo municipal en un plazo no mayor de quince días. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República