Dictamen CGR

Dictamen N° 47386/2012

2012-08-06 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil en virtud de lo dispuesto en el artículo 62 de ley N° 10.336

N° 47.386 Fecha: 06-VIII-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes del sumario administrativo instruido con motivo de los daños ocasionados a la motocicleta fiscal M-4818, de cargo de la 3ª Comisaría Alto Hospicio, conducida por el funcionario de esa institución policial, señor Marcelo Heriberto Nenen Ule, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con la atribución que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquel. Al respecto, cabe anotar que del examen de los antecedentes adjuntos, aparece que el día 1 de junio de 2010, el aludido servidor se desplazaba en la mencionada motocicleta por Avenida Circunvalación, en la comuna de Alto Hospicio, y producto de la pérdida de presión de aire del neumático delantero, pierde el control del móvil, cayendo al suelo, lo que la Subcomisaría I.A.T. Iquique, en su oficio N° 13, de 2010, agregado a fojas 5 a 7 del expediente, estableció como causa basal del accidente. Los perjuicios ocasionados al patrimonio institucional, según el certificado N° 463, de 2012, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, rolante a fojas 201 a 203 de autos, ascendieron a la suma de $53.980, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, es menester señalar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que al término del sumario que para estos efectos se incoare, se acredite que el detrimento o extravío de aquel no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Cabo 1° de Carabineros, señor Marcelo Heriberto Nenen Ule, por los daños ocasionados en la motocicleta fiscal M-4818. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República