Dictamen N° 47465/2016
N° 47.465 Fecha: 24-VI-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Rodolfo Olguín Sepúlveda, exonerado político, reclamando supuestas irregularidades en la opción conferida por el Instituto de Previsión Social, en virtud del artículo 16 de la ley N° 19.234, en atención a las razones que expone, por lo que solicita que se aclare su situación previsional. Requerido de informe, el aludido instituto a la data no lo ha evacuado, por lo que se emite el presente pronunciamiento sin ese antecedente. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 16 de la ley N° 19.234, dispone que las pensiones a que se refieren los artículos 6° y 15 de ese cuerpo legal, son incompatibles con cualquiera otra proveniente de regímenes previsionales, que hayan obtenido o que puedan obtener los interesados, con excepción de las concedidas conforme al decreto ley N° 3.500, de 1980, y que lo serán, igualmente, con el otorgamiento de bonos de reconocimiento a que alude el citado decreto ley, sin perjuicio del derecho a opción a que hubiere lugar entre ambos. Ahora bien, de los antecedentes analizados, aparece que, previa elección del recurrente, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública dictó la resolución N° 2.070, de 2015, la que fue representada por esta Entidad Fiscalizadora con fecha 26 de enero de 2016, en atención a que el grado de asimilación que corresponde al cargo desempeñado por él a la época de su exoneración, está representado, a marzo de 1990, por el 14 de la Escala Única de Sueldos y no por el 11, como se expresó en dicho acto administrativo. En razón de lo anterior, ese organismo previsional deberá otorgarle la posibilidad de optar nuevamente entre la pensión de régimen y la no contributiva como exonerado político, fijando el monto de esta última en base a la ubicación jerárquica anotada. Transcríbase al interesado. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República