Dictamen CGR

Dictamen N° 47744/2010

2010-08-18 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil de carabinero por daños ocasionados en vehículo fiscal

N° 47.744 fecha: 18-VIII-2010 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes del sumario administrativo instruido con motivo de los daños ocasionados al vehículo fiscal Z-4025, de cargo de la 3ª Comisaría La Unión, conducido por el Cabo 2° de esa institución policial, señor Mario Rodrigo Figueroa Silva, a objeto de que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil del funcionario antes individualizado. Sobre el particular, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 1 de abril de 2008, dicho servidor, junto a otro empleado, concurrieron en el aludido móvil a verificar una denuncia por violencia física en un domicilio particular de la comuna de La Unión, al llegar al lugar fueron atacados por el supuesto agresor con un arma de fuego, resultando con daños el vehículo fiscal. Tal situación produjo un perjuicio al patrimonio fiscal, que de acuerdo con el Certificado N° 276, de 2009, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, que rola a fojas 168 a 170 de autos, ascendió a la suma de $ 4.190.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos indicados previamente, el infrascrito, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Cabo 2° de Carabineros, señor Mario Rodrigo Figueroa Silva, por los daños ocasionados en el vehículo fiscal Z-4025. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República