Dictamen CGR

Dictamen N° 48021/2009

2009-09-01 · Contratación pública, licitaciones y compras · general · Vigente
Sumario. Se pronuncia sobre irregularidades en licitación pública por remodelación y ampliación de Casa de Participación ciudadana de Talagante

N° 48.021 Fecha: 1-IX-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Roque Montenegro Pacheco, concejal de Talagante, denunciando irregularidades en una licitación pública convocada por la municipalidad de esa comuna, para la ejecución de obras de reparación en la Casa de Participación Ciudadana, ubicada en calle Esmeralda N° 485, de esa localidad. Señala que el 13 de noviembre de 2008 se realizó la apertura de las ofertas a ese llamado, a la que concurrió como único oferente el contratista Ángel Riquelme Zarabia, constatando que al día siguiente éste ya se encontraba ejecutando los trabajos en comento, en circunstancias que la licitación pública aún no se resolvía. Agrega que, como resultado de la denuncia formulada a la Dirección de Control del municipio, funcionarios de esa dependencia se constituyeron en el lugar, confirmando los hechos. Efectuadas las indagaciones de rigor, se determinó que existieron dos contratos de obras respecto del aludido centro social. En efecto, mediante decreto N° 1.949, de 16 de mayo de 2008, la Alcaldesa de la época, de acuerdo a la facultad conferida en el inciso quinto del articulo 8° de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, adjudicó por contratación directa las obras de "Reparación Casa Participación Ciudadana", consistentes en la regularización de dependencias que se ocupan como centro social y reparaciones en su interior, para el mejoramiento de su apariencia estética, al contratista don Ángel Riquelme Zarabia, por un valor de $13.000.000.-. Lo anterior, por cuanto el proveedor previamente adjudicado a través del portal Chilecompra no aceptó la Orden de Compra N° 2702-246-G107 generada en dicho proceso y, por tanto, no ejecutó ninguna faena en el recinto. El 10 de septiembre de ese mismo año, doña María Fresia Tapia Riveros, inspectora técnica de la obra, certificó haberse ejecutado en conformidad el 100% de los trabajos contratados. Por su parte, el Director de Administración y Finanzas señaló que por decreto de pago N° 3.122 y egreso N° 2.676, de 29 de septiembre del mismo año, se pagó al señor Riquelme Zarabia la factura N° 581, correspondiente al estado de pago único cursado por esas obras. Posteriormente, se desarrolló una segunda licitación pública, esta vez para la remodelación y ampliación de la Casa de Participación Ciudadana, cuyas bases se aprobaron por decreto N° 4.233, de 29 de octubre de 2008, quedando a disposición de los interesados en el portal mercadopublico.cl con el número ID 2702-11070-LE08. El 13 de noviembre de 2008 se realizó el acto de apertura electrónica en el portal y de sobres de antecedentes en soporte físico, en presencia de la comisión de apertura, presentándose como único oferente don Ángel Riquelme Zarabia. Ahora bien, a raíz de la denuncia presentada por el recurrente, mediante Of. Reservado N° 02, de 14 de noviembre de 2008, la Unidad de Control solicitó a la Alcaldesa de la época, establecer en terreno la veracidad de los hechos. Ese mismo día, una comisión de funcionarios municipales se constituyó en el lugar, verificando la ejecución de obras y la presencia de dos trabajadores contratados por el señor Riquelme Zarabia, quienes informaron estar realizando labores de construcción en la Casa de Participación Ciudadana desde fines de junio o principios de julio de ese año, aproximadamente, bajo instrucciones y planos proporcionados por su empleador, los cuales no contaban con la firma del arquitecto municipal. En razón de lo anterior, mediante Oficio Reservado N° 4, de 17 de noviembre de 2008, la Dirección de Control informó de esos hechos a la Alcaldesa de la época y solicitó instruir un sumario administrativo, tomar posesión del inmueble y dejar sin efecto el llamado a licitación pública. Por su parte, en Ord. N° 217, de 26 de noviembre de 2008, la Secretaria Comunal de Planificación (s), remitió a la Alcaldesa el Informe del Proceso de Evaluación de esa licitación, señalando que la Comisión Evaluadora proponía detener el proceso de adjudicación mientras no se conociera el resultado del sumario administrativo que se estaba instruyendo. En síntesis, la citada licitación pública para trabajos en la "Casa de Participación ciudadana" no fue adjudicada, según información proporcionada por el Director de Asesoría Jurídica. Ahora bien, realizada una nueva visita a terreno por parte de esta Contraloría General, se verificó que las obras contratadas en la primera etapa, se encontraban ejecutadas en un 100%. Además, se constató la ejecución de obras nuevas con instalaciones realizadas en dependencias de servicios higiénicos, como también construcciones en proceso de modificación estructural, ambas paralizadas, las cuales correspondían a la segunda licitación, según se acreditara al concordar los requerimientos de las bases técnicas y la propuesta final entregada por el arquitecto a cargo del diseño a la inspectora técnica destinada. Conforme las verificaciones practicadas, cabe señalar que se comprobó que el contratista ejecutó obras correspondientes al llamado a licitación para la remodelación y ampliación de la Casa de Participación Ciudadana, con anterioridad a su adjudicación. Asimismo, se estableció que mediante decreto N° 4.449, de 17 de noviembre de 2008, la anterior Alcaldesa ordenó instruir un sumario administrativo destinado a establecer las eventuales responsabilidades funcionarias en los hechos, denunciados, nombrando como fiscal a doña Alejandra Guerra Silva, Directivo Grado 8° de la E.M.S. Dicho proceso fue resuelto según decreto N° 114, de 2009, actualmente pendiente de registro ante este Organismo de Control, con ocasión del cual se analizará la regularidad del proceso disciplinario de que se trata. Por orden del Contralor General de la República Priscila Jara Fuentes Subjefe División de Municipalidades