Dictamen N° 481051/2024
N° E481051 Fecha: 29-IV-2024 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba las bases administrativas y técnicas para la adquisición de los recursos educativos que indica, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, en la respectiva etapa de aclaraciones, se deberá precisar en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones que para el caso de que se haya cobrado la garantía de fiel y oportuno cumplimiento para efectuar el pago de las multas que se encuentren pendientes, la nueva caución que presente el proveedor deberá ascender al 10% del valor total del contrato, en concordancia con lo previsto en el N° 8.4 de las bases administrativas y en el último párrafo de la cláusula novena del texto del contrato, y no al 5% del convenio, como se indica al final del N° 8.7.5 del pliego de condiciones. Por otro lado, esta Contraloría General entiende que la alusión que se efectúa en la letra g) del N° 8.7.6 de las bases al numeral 9.7.11 debe entenderse hecha al N° 8.7.11 de estas. Además, la resolución que adjudique la licitación de que se trata se encontrará afecta al trámite de toma de razón, de conformidad con lo establecido en el N° 12.15 de la resolución N° 7, de 2019, de esta Contraloría General, y no como se señala en el párrafo segundo de la cláusula segunda del texto del contrato. Por otra parte, se hace presente que lo establecido en la cláusula undécima del texto de la convención se encuentra repetido en la cláusula decimoséptima de la misma. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto de la suma. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República (S)