Dictamen N° 48327/2011
N° 48.327 Fecha: 01-VIII-2011 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de la investigación instruida con motivo del extravío de las esposas de seguridad, marca Smith & Wesson, modelo 100, con dos llaves, serie N° 055921 y de la placa de servicio N° 974706-E, de cargo de la 47ª Comisaría Los Domínicos, que portaba el funcionario de esa institución policial, señor Rodrigo Esteban Matamala Poblete, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél. Sobre el particular, cabe manifestar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 22 de noviembre de 2009, el aludido funcionario, acompañado de otro servidor, concurrió a un domicilio particular en la comuna de Las Condes, a prestar cooperación en un procedimiento por violencia intrafamiliar, lugar en el cual el marido de la víctima y familiares agredían, con diversos objetos al personal policial, ante lo cual el señor Matamala Poblete intervino, comenzando a forcejear con los agresores, percatándose, una vez controlada la situación, que no portaba las referidas especies, efectuando con posterioridad su búsqueda, sin que las mismas fueran encontradas. La situación descrita produjo un perjuicio al patrimonio fiscal que, de acuerdo con el documento electrónico N° 186, de 2011, del Departamento Armamento y Municiones, que rola a fojas 62 del expediente adjunto, asciende, en el caso de las esposas de seguridad, a la suma de US$30 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (equivalente a $14.946), determinando la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 65, de 2011, agregada a fojas 83 de autos, dar de baja dicha especie. En tanto, a través del documento electrónico N° 280, de 2011, de la Sección Almacenamiento y Distribución, incorporado a fojas 63 de la investigación, se informa que el valor de la placa de servicio es de $3.500. Ahora bien, es menester señalar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Carabinero, señor Rodrigo Esteban Matamala Poblete, por el extravío de las mencionadas esposas de seguridad, con dos llaves y de su placa de servicio. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República