Dictamen CGR

Dictamen N° 48329/2014

2014-06-30 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Vigente
Sumario. Procede descuento de suma adeudada por exfuncionario de la Municipalidad de Penco, sobre remuneraciones de su nuevo empleo en la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas

N° 48.329 Fecha: 30-VI-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Alcalde (S) de la Municipalidad de Penco, informando que no fue posible dar total cumplimiento a la resolución exenta N° 4.771, de 2011, de esta procedencia, que dispuso el reintegro de la suma de $ 4.397.530, por parte del entonces alcalde de esa comuna don Guillermo Cáceres Collao, ya que éste cesó en esa calidad por el término del correspondiente periodo legal, a contar del 5 de diciembre de 2012, siendo actualmente funcionario de la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas. Sobre el particular, cabe recordar que, a través de la citada resolución exenta, este Organismo de Control liberó al señor Cáceres Collao de la obligación de restituir un 40% de la deuda de $ 7.329.217 que mantenía con ese municipio por haber percibido indebidamente el incremento previsional establecido en el inciso segundo del artículo 2° del decreto ley N° 3.501, de 1980, ordenando, además, el reintegro del saldo, ascendente a $ 4.397.530, en 48 parcialidades mensuales equivalentes cada una de ellas a 2,42 UTM de su valor vigente al momento de hacer efectivos los respectivos descuentos, habiéndose deducido solamente quince cuotas, quedando un remanente por la cantidad de 79,75 U.T.M. En atención a lo expuesto, procede que la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas, continúe con el cumplimiento de lo dispuesto mediante la resolución exenta N° 4.771, de 2011, de este origen, descontando mensualmente de las remuneraciones que percibe el señor Cáceres Colla°, las restantes 33 parcialidades en la forma ordenada y remitiéndolas a la Municipalidad de Penco, hasta el total reintegro de lo adeudado. La Municipalidad de Penco, comunicará, en su oportunidad, a la Unidad de Registro de la División de Personal de la Administración del Estado de este Organismo de Control, el cumplimiento del reintegro, por medio de un informe detallado, a fin de levantar el cargo pecuniario formulado en contra del afectado. Transcríbase a la Municipalidad de Penco y a la Contraloría Regional del Biobío. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República