Dictamen N° 483625/2025
N° E4836 Fecha: 13-I-2025 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del epígrafe, que aprueba la liquidación del contrato “CO- ORH-04 Obras de Retención en Hondonada Sector Medio Quebrada de Macul, Región Metropolitana, Segundo Llamado”, en atención a las observaciones que se indican: 1. Se omite acompañar los siguientes antecedentes: a) La totalidad de los informes previstos en el punto 7.9 de las bases tipo aplicables en la especie -aprobadas por resolución N°258, de 2009, de la Dirección General de Obras Públicas-, así como los antecedentes que acrediten que fueron entregados oportunamente, según el plazo allí establecido y, en su caso, si se cursaron las multas pertinentes. b) Los planos as built, el plan de aseguramiento de calidad y las auditorías internas de calidad, establecidos, respectivamente, en los numerales 25, 39 y 42 del anexo complementario, así como la constancia de sus entregas en los plazos previstos. c) Los que acrediten la participación del personal mínimo indicado en el numeral 23 del anexo complementario y, en su caso, las autorizaciones de los reemplazos. d) Aquellos que acrediten que los letreros de identificación de las obras, la entrega del material fotográfico y registro de video, se efectuaron conforme a lo exigido en los numerales 24, 26 y 27 del anexo complementario, respectivamente. e) Los antecedentes de respaldo de las multas administrativas cursadas en los estados de pago Nos 5 y 7. f) Las especificaciones técnicas de las partidas extraordinarias contratadas en las modificaciones contractuales Nos 1 y 2 -aprobadas en las resoluciones exentas Nos 735, de 2021, y 728, de 2022, ambas de esa Dirección-, así como las certificaciones requeridas sobre la materia. g) La factura asociada al estado de pago N°5. 2. Por otra parte, se requiere una minuta en la cual se detallen los fundamentos en virtud de los cuales se efectuaron provisiones para finiquitos en los estados de pago Nos 7 y 9, junto con los documentos de respaldo. Finalmente, en lo meramente formal, se advierte que la data del acta de liquidación cuyo contenido se aprueba, es de 8 de noviembre de 2024, y no como se indica en los vistos del acto examinado. Saluda atentamente a Ud. Por orden de la Contralora General de la República Víctor Hugo Merino Rojas Subcontralor General