Dictamen N° 48368/2012
N° 48.368 Fecha: 08-VIII-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-3114, de cargo de la 4ª Comisaría Hualpén, conducido por el funcionario de esa institución policial, señor Ricardo Fabián Reyes Olivares, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con la atribución que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél. Al respecto, cabe anotar que del examen de los antecedentes adjuntos, aparece que el día 19 de marzo de 2011, el aludido servidor permanecía detenido en el mencionado móvil en la Ruta 154, direccionado al sur, en la comuna de Hualpén, instante en el cual fue colisionado por un vehículo particular, cuyo conductor lo hacía a una velocidad no razonable ni prudente, por lo que se percata tardíamente de la presencia y proximidad del referido furgón policial, lo que la Subcomisaría I.A.T. Concepción, en su oficio N° 4, de 2011, agregado a fojas 29 a 34 del expediente, estableció como causa basal del accidente. Los perjuicios ocasionados al patrimonio institucional, según el informe técnico N° 274, de 2011, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, rolante a fojas 149 a 151 de autos, ascenderían a la suma de $3.808.000, resolviendo la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 136, de 2011, inserta a fojas 152 y 153 del procedimiento investigativo acompañado, dar de baja dicha especie. Ahora bien, es menester señalar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que al término del sumario que para estos efectos se incoare, se acredite que el detrimento o extravío de aquél no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Cabo 1° de Carabineros, señor Ricardo Fabián Reyes Olivares, por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-3114. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República