Dictamen N° 48481/2025
N° E48481 Fecha: 26-03-2025 Esta Contraloría General ha dado curso al decreto individualizado en el rubro, que Aprueba Política Nacional Espacial, pero cumple con hacer presente que en el considerando N° 12 debe entenderse que el texto de la referida política ha sido preparado y aprobado por el Presidente de la República, en virtud de sus atribuciones, y no como allí se señala. A su vez, cabe precisar que, según los antecedentes tenidos a la vista, la consulta pública a que se refiere el considerando N° 13, se desarrolló entre los días 30 de octubre y 20 de noviembre de 2023, y no como ahí se consigna. Luego, se hace presente que la Comisión Asesora Presidencial denominada “Consejo de Ministros para el Desarrollo Espacial”, referida en el N° 2 de la letra C del acto administrativo de que se trata y en su anexo N° 1, corresponde a un hito del año 2015, y no como se señala en ese numeral. Asimismo, cumple con indicar que el decreto N° 818, del Ministerio de Bienes Nacionales, citado en el N° 3 de la referida letra C, es del año 1976, en tanto que el decreto N° 76, del Ministerio de Relaciones Exteriores, es del año 1982. Por su parte, en relación con lo señalado en el hito del año 2023 del anexo N° 1, se debe mencionar que la norma de emisión de luminosidad artificial generada por alumbrados exteriores, se encuentra contenida en el decreto N° 1, de 2022, del Ministerio del Medio Ambiente. Finalmente, cumple con señalar que, en lo sucesivo, los espacios en blanco que existan en las páginas de los instrumentos que se remitan para el control preventivo de legalidad, deberán inutilizarse mediante firma y timbre del funcionario competente (aplica el dictamen N° E583887, de 2024). Con los alcances que anteceden, se ha dado curso al instrumento de la suma. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República