Dictamen N° 48692/2009
N° 48.692 Fecha: 03-IX-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Juan Carlos Cornejo Marillanca, ex funcionario de la Tesorería General de la República, exonerado político, para solicitar la revisión de su pensión no contributiva, por gracia. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social cumplió con remitir un expediente jubilatorio del interesado. Sobre el particular, resulta pertinente indicar que mediante la resolución N° 7.396, de 2007, del Ministerio del Interior, modificada por la resolución N° 313, de 2008, del mismo origen, se declaró la calidad de exonerado político del recurrente y se le concedió una pensión no contributiva, por gracia, por la suma inicial de $137.443.-, al mes, a contar del 1 de agosto de 2003, cifra que, al 1 de diciembre de 2008, debe ascender a $169.097.- al mes. Es dable hacer presente en este punto, que el cálculo del referido beneficio previsional se efectuó en relación a 26 años, 11 meses y 18 días de tiempo computable, correspondientes a 18 años y 13 días en la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas y 8 años, 11 meses y 5 días del tiempo a que se refiere el inciso noveno del aludido artículo 12, circunstancia que ha incidido en su valor. Precisado lo anterior, es menester señalar que, luego de efectuadas las verificaciones del caso, aparece que el respectivo cargo de exoneración -Jefe de Sección-, fue correctamente asimilado, de conformidad con el inciso segundo del artículo 12 de la ley N° 19.234, al grado 15 de la Escala Única de Sueldos. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido por esta Entidad de Fiscalización en su oficio N° 60.993, de 2006. En consecuencia, sobre la base de lo expuesto, cabe concluir que el monto de la pensión no contributiva de que es titular el señor Cornejo Marillanca se encuentra correctamente determinado, procediendo desestimar la petición. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República