Dictamen N° 48726/2011
N° 48.726 Fecha : 02-VIII-2011 La Contraloría General ha dado curso a la resolución N° 132, de 2011, de la Dirección General de Obras Públicas, que aprueba convenio para la ejecución, a través del Cuerpo Militar del Trabajo, de las obras viales en el camino "Estancia Vicuña - Yendegaia, Sector Ramal Lago Fagnano - Caleta María (camino entre Km 4,66 y Km 12,96), Etapa VIII", por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que, en lo sucesivo, esa Dirección deberá transcribir en el cuerpo de las resoluciones que emita, además del texto íntegro del convenio, los anexos que se vienen sancionando por éstas, de conformidad con lo prescrito en el artículo 6° de la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Entidad Fiscalizadora,. Por otra parte, cabe precisar que los subcontratistas que participen en las obras deberán -no obstante lo señalado en el inciso final del artículo 34.1 del contrato que se analiza-, encontrarse inscritos en los registros y categorías que procedan, de acuerdo al artículo 101 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas, aprobado por el decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas, aplicable en la especie. Finalmente, cumple con precisar que los decretos N os 133 y 594, ambos del Ministerio de Salud, a que aluden los artículos 18 y 28 del convenio que aprueba el acto en examen, son de 1984 y 1999, respectivamente, y no de los años que en ellos se indica. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República