Dictamen N° 48796/2009
N° 48.796 Fecha: 3-IX-2009 La Contraloría General ha dado curso a la resolución N° 483, de 2009, de la Dirección de Vialidad, que acepta propuesta pública para la ejecución del proyecto “Reposición Puentes Quiñenahuin y Añihuarraqui, tramos Curarrehue-Reigolil; Carén-Añihuarraqui, Comuna de Curarrehue, Provincia de Cautín, Región de La Araucanía”, pero cumple con hacer presente que si bien las bases primitivamente elaboradas para la licitación de la especie fueron reemplazadas, mediante aclaración N° 2, por las bases administrativas sancionadas por resolución N° 48, de 2009, de la Dirección General de Obras Públicas, aquéllas debieron ser autorizadas en su oportunidad por resolución afecta a toma de razón, acorde con lo dispuesto en la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Contraloría General, que fija normas sobre exención de dicho trámite. Por otra parte, este Órgano de Control entiende que la resolución a que se alude en la letra A de la Circular Aclaratoria N° 4, es la N° 1.879, de 2009, de la Dirección de Vialidad, y que la mención a la Circular Aclaratoria N° 4 contenida en esa letra, debe entenderse referida a la Circular Aclaratoria N° 3. Asimismo, la suma final que se indica en la lista de planos de los puentes objeto de la contratación, entregada mediante Circular Aclaratoria N° 5, es de 31 planos para el Puente Quiñenahuin y de 32 para el puente Añihuarraqui, y no como allí se indica. Finalmente, procede que esa Dirección disponga que el adjudicatario efectúe el ajuste correspondiente al programa mensual de inversiones -en concordancia con el programa de trabajo-, ya que se advierten errores en dicho instrumento, tanto en los porcentajes parciales cuya sumatoria no alcanza al 100%, como en los porcentajes acumulados que tampoco reflejan con exactitud la suma de aquéllos. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República