Dictamen N° 48835/2016
N° 48.835 Fecha: 01-VII-2016 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que aprueba convenio celebrado por trato directo para la ejecución del estudio “Diagnóstico de la adecuación del sistema de evacuación de crecidas del embalse Ancoa, VII región”, por cuanto lo señalado en el considerando del documento del epígrafe y los documentos tenidos a la vista, no permiten tener por acreditada la causal de trato directo del artículo 3° del decreto N° 151, de 2003, del Ministerio de Hacienda -invocada-, que alude a una situación de urgencia y que afecte la eficiente realización de los servicios de la Dirección de Obras Hidráulicas. En efecto, de acuerdo a lo manifestado en el considerando de la resolución de la especie, los hechos que fundan la declaración de urgencia -aprobada mediante la resolución exenta N° 1.601, de 2016, de la mencionada dirección-, dicen relación con los vertimientos anormales acaecidos en agosto de 2015, que erosionaron la zona baja de evacuación no advirtiéndose cómo, entre ese año y la fecha del instrumento de que se trata, esa repartición se habría visto impedida de acudir a la propuesta pública para la contratación de un estudio como el de la especie, teniendo presente además que dicho embalse fue puesto en operación el año 2011, y que este debe dar origen a otro contrato para el desarrollo de un diseño definitivo, según el punto 2.3.4 de las condiciones técnicas de contratación. Además, no se detalla la participación del personal del consultor en cuanto al tiempo comprometido en la consultoría. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación