Dictamen N° 48879/2012
N° 48.879 Fecha: 09-VIII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora María Guajardo Guajardo, Coordinadora Poblacional del Senador señor Alejandro García-Huidobro Sanfuentes, para solicitar la revisión de la pensión no contributiva, por gracia, del señor Carlos Rogelio Sánchez Leiva, ex empleado de la Corporación Nacional del Cobre de Chile, División El Teniente, exonerado político. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social remitió el correspondiente expediente y manifestó, en síntesis, que por medio de la resolución N° 1.425, de 2010, del antiguo Ministerio del Interior, se declaró la calidad de exonerado político del ex servidor de que se trata, concediéndole una jubilación no contributiva, por gracia, por la suma inicial de $ 264.765.-, al mes, a contar del 1 de agosto de 2003, la que se encuentra bien otorgada en el grado A de la Escala Única de Sueldos, estimándose al efecto el sueldo base en relación a las rentas de los últimos cinco años anteriores a marzo de 1990. Precisado lo anterior, es dable expresar que el cálculo de la prestación en examen se efectuó de conformidad con el inciso tercero del artículo 12 de la aludida ley N° 19.234 y el artículo 27 bis del decreto N° 39, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, reglamentario de la Ley de Exonerados Políticos, en cuya virtud se obtuvo como grado de asimilación, a marzo de 1990, el grado A del referido orden remuneratorio, que es el tope establecido a la data de exoneración del señor Sánchez Leiva, ocurrida en julio de 1981. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto, cabe concluir que el beneficio no contributivo, por gracia, por el que se consulta, está correctamente determinado en el grado máximo que es posible otorgar al interesado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República