Dictamen N° 49189/2015
N° 49.189 Fecha: 19-VI-2015 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución del epígrafe, que adjudica la propuesta pública que se individualiza, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que atendido que las bases de la respectiva propuesta se publicaron en el portal www.mercadopublico.cl con posterioridad a la entrada en vigencia de las modificaciones efectuadas a la ley N° 19.886 por la ley N° 19.720, esa entidad licitante deberá velar por que el proveedor adjudicado no haya incurrido en la causal de inhabilidad relacionada con las condenas por delitos concursales establecidos en el Código Penal, conforme lo señala el inciso primero del artículo 4° de la citada ley N° 19.886. Con el alcance que antecede, se ha tomado razón de la resolución mencionada. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante