Dictamen N° 49198/2016
N° 49.198 Fecha: 04-VII-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Gladys Zamorano Torres, exservidora de la Municipalidad de Olmué, quien reclama en contra de la entidad edilicia por la falta de notificación del decreto alcaldicio N° 3.555, de 2015, que resolvió el recurso de reposición que interpuso en contra del acto administrativo municipal N° 3.087, de 2015, que le aplicó la medida disciplinaria de destitución. Solicita, por consiguiente, se le realice dicha notificación conforme a la ley y se dejen sin efecto los oficios N°s. 21.752, de 2015; y 2.459, de 2016, ambos emitidos por la Contraloría Regional de Valparaíso, que, en síntesis, señalaron, que la Municipalidad de Olmué rectificó las actuaciones observadas en el sumario a cuyo término habría sido destituida, concluyendo que no se advierte la falta de notificación alegada por la recurrente. Además, requiere, se instruya la reapertura del proceso sumarial. Conferido traslado a la entidad edilicia, esta realizó una reseña cronológica del proceso sumarial, dando cuenta del cumplimiento de la notificación reclamada. En relación con la materia, los incisos primero y tercero del artículo 129 de la ley N° 18.883, en lo que interesa, señalan que todas las notificaciones dentro de un sumario deben realizarse a los afectados de manera personal, y en caso de no ser encontrados por dos días consecutivos en su domicilio o en su lugar de trabajo, se comunicará mediante carta certificada, de lo cual se dejará constancia en el proceso, entendiéndose que se ha puesto en su conocimiento cumplidos tres días desde que dicho instrumento haya sido despachado. Al respecto, y según los antecedentes tenidos a la vista, se observa que la señora Zamorano Torres fue buscada por la fiscal del proceso en su residencia ubicada en pasaje Trípoli N° 412, Quillota, el día viernes 24 de julio de 2015 y el lunes 27, del igual mes y año, para notificarle el referido decreto alcaldicio N° 3.555, de 2015, sin ser habida, por lo que se le remitió a su domicilio, el día 28 de julio de 2015, correo certificado con la copia del citado acto administrativo. En consecuencia, atendido lo señalado precedentemente y considerando que no se aportaron nuevos antecedentes que permitieran modificar el criterio sustentado en el oficio N° 2.459, de 2016, emitido por la Contraloría Regional de Valparaíso, se rechaza la solicitud realizada por la recurrente. Transcríbase a la Municipalidad de Olmué y a la referida Sede Regional. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante