Dictamen CGR

Dictamen N° 49428/2015

2015-06-22 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Vigente
Sumario. Hospital Barros Luco Trudeau deberá revisar la situación de la interesada, y pagarle las remuneraciones que se le puedan adeudar

N° 49.428 Fecha: 22-VI-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora María José Soto Sepúlveda, empleada del Hospital Barros Luco Trudeau, reclamando, según entiende este Órgano Fiscalizador, que esa institución no le estaría pagando sus emolumentos. Requerido de informe, dicho centro de salud lo emitió, pero no se refirió a la materia específica expuesta por la afectada. Sobre el particular, cabe recordar que el artículo 93 de la ley N° 18.834, dispone que los funcionarios tendrán derecho a percibir por sus servicios las remuneraciones y demás asignaciones adicionales que establezca la ley, en forma regular y completa. Ahora bien, examinando el Sistema de Información y Control del Personal de la Administración del Estado -SIAPER-, aparece que la peticionaria ha cumplido labores en ese establecimiento asistencial, al menos, hasta el 30 de abril de 2015, motivo por el cual corresponde que la superioridad de ese organismo revise a la brevedad la situación de la interesada, y le pague lo que se le pueda adeudar, considerando la prescripción aplicable, e informando a esta Institución de Control las acciones que adopte en relación a la materia, dentro del plazo de 15 días hábiles contado desde la recepción del presente pronunciamiento. Transcríbase al Hospital Barros Luco Trudeau y al Servicio de Salud Metropolitano Sur. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante