Dictamen CGR

Dictamen N° 49455/2009

2009-09-08 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Vigente
Sumario. Exonera de responsabilidad civil a funcionario de Carabineros, pues daños producidos al vehículo fiscal que conducía no se debieron a su negligencia o culpa

N° 49.455 Fecha: 8-IX-2009 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al vehículo fiscal Z-2856, de cargo de la Subcomisaría “Villa O'Higgins”, conducido por el Mayor de esa institución policial, señor Roberto Saldivia Wellmann, de dotación de la 4ª Comisaría “Cochrane”. Lo anterior, a objeto de que esta Contraloría General emita, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, un pronunciamiento sobre la exoneración de la responsabilidad civil del funcionario antes individualizado. Sobre el particular, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 24 de septiembre de 2008, aproximadamente a las 02:30 horas, el aludido servidor mientras conducía el furgón policial ya individualizado de regreso de la Estancia “Las Margaritas”, distante a 37 kilómetros al norte de la Villa O'Higgins, perdió el control del mencionado vehículo al enfrentar una curva con pendiente, chocando con un árbol ubicado al costado derecho de la vía. De conformidad con el Informe Técnico N° 02-B-2008, de la S.I.A.T., que rola a fojas 188 del expediente, la causa basal del accidente se debió a una maniobra evasiva, sumado a las condiciones atmosféricas adversas y carpeta de rodado, lo que provocó que al ingresar a una curva, el conductor perdiera el control y maniobrabilidad del móvil institucional, desviando su trayectoria hacia la derecha, lo que ocasionó el choque con un árbol. Por su parte, el Juzgado de Policía Local de Coyhaique, en sentencia de fecha 4 de diciembre de 2008, agregada a fojas 261 de autos, determinó que el accidente en comento se debió a un caso fortuito, por lo que el aludido funcionario fue absuelto de la denuncia formulada en su contra. Los daños de la especie fiscal, de acuerdo con el certificado N° 233, de 2008, de la Sección Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, rolante a fojas 254 de autos, ascendieron a la suma de $3.751.237.- los que fueron pagados con cargo al subtítulo 22, ítem 06-02, del presupuesto de esa Sección, siendo reparado y dado de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la citada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, entre otros, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, entre ellos, la absolución decretada por el Juzgado de Policía Local de Coyhaique, aparece que se dan los supuestos indicados previamente, el infrascrito, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Mayor de Carabineros, señor Roberto Saldivia Welmann, por los daños producidos al vehículo Z-2856. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República