Dictamen N° 4982/2013
N° 4.982 Fecha: 23-I-2013 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución N° 285, de 2012, del Servicio de Vivienda y Urbanización Metropolitano, que aprueba el contrato de compraventa del inmueble denominado “Lote A, resultante de la fusión de los lotes Uno-G, Uno-H, Uno-I y Uno J, éstos a su vez resultantes de la subdivisión del inmueble denominado El Atajo, Comuna de Til Til, Región Metropolitana”, celebrado entre el Servicio de Vivienda y Urbanización Metropolitano, como comprador, e Inversiones Vista Alegre Limitada, como vendedor, de fecha 19 de noviembre de 2012, pero entiende que existen errores tipográficos en la transcripción de la convención de la especie, toda vez que, en la individualización de los contratantes, y a continuación de la frase "INVERSIONES VISTA ALEGRE LIMITADA, Rol único tributario", se incorpora la expresión "número". Además, es pertinente manifestar que en el considerando de la resolución en examen, la remisión a la letra “b)” de los vistos de la misma, relativa a los inmuebles que se mencionan, corresponde a la letra “c)”. Por último, ese Servicio deberá rectificar el convenio de que se trata y su transcripción, en su cláusula segunda, por cuanto consigna que “El plano de fusión, conjuntamente con las resoluciones municipales, fue archivado en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago bajo el número cuarenta y seis mil trescientos ochenta y uno del año dos mil once”, en circunstancias que la resolución rectificatoria número “quince guión cero doce”, de la Dirección de Obras Municipales de Til Til, a que se alude en la antedicha cláusula, data de 13 de noviembre de 2012. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo señalado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República