Dictamen CGR

Dictamen N° 49867/2009

2009-09-09 · Contratación de personal (contrata, honorarios, planta) · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Término de contrato de trabajo sólo puede surtir efectos desde la total tramitación de la resolución
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Dictamen N° 60585/2009
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N° 49.867 Fecha: 09-IX-2009 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución N° 516, de 2009, de la Dirección de Bienestar de Carabineros de Chile, en el entendido que el término de contrato de trabajo de don Rodrigo Andrés Barrales Morales, en la Dirección de Bienestar de Carabineros de Chile, sólo podrá surtir efectos a contar de su total tramitación, conforme con el principio de irretroactividad de los actos administrativos, contemplado en el artículo 52 de la ley N° 19.880, tal como, por lo demás, se ha manifestado en el dictamen N° 55.760, de 2008, entre otros, de esta Entidad Fiscalizadora. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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