Dictamen N° 49916/2015
N° 49.916 Fecha: 22-VI-2015 Esta Contraloría General ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe, que aprueba el contrato de prestación de servicios de guardias de seguridad, celebrado con Sociedad Profesionales de la Seguridad Limitada, por cuanto se ajusta a derecho. Sin embargo, se advierte que la resolución exenta N° 188, de 2015, del mencionado órgano público, mediante la cual se adjudicó la presente licitación pública, omitió la declaración de inadmisibilidad de las propuestas que no resultaron elegidas, lo que vulnera los artículos 9° de la ley N° 19.886 y 41 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, de manera que en lo sucesivo deberá efectuase ese tipo de declaración en la parte resolutiva del acto administrativo que adjudica el certamen o de otro que se dicte al efecto. Además, se debe señalar que esta Contraloría General entiende que la imputación del gasto que la presente convención irroga, se realiza de acuerdo al N° 3 de la parte resolutiva del instrumento en análisis, y no según la información contenida dentro del timbre que se estampa al final de la resolución. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante