Dictamen CGR

Dictamen N° 49918/2015

2015-06-22 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Se abstiene de ejercer el control previo de juridicidad de la resolución N° 4.288, de 2015, del hospital clínico San Borja Arriarán, por referirse a una materia exenta de toma de razón
Aplicado por
Dictamen N° 56813/2015
Aplica dictamen

N° 49.918 Fecha: 22-VI-2015 Esta Entidad de Control se ha abstenido de ejercer el control previo de juridicidad de la resolución del rubro, mediante la cual se aprueban las bases administrativas, las bases técnicas y los formularios para el arriendo de sistema RIS-PACS para el Servicio de Imagenología del Hospital Clínico San Borja Arriarán, ya que en atención a la materia de que trata, se encuentra exenta del trámite de toma de razón, acorde con lo dispuesto en la resolución N° 1.600, de 2008, de este Órgano de Control (aplica dictamen N° 58.495, de 2011, de este origen). Por consiguiente, se remite adjunto el mencionado documento, sin perjuicio de aplicarse a su respecto las normas sobre controles de reemplazo contenidas en el Título VI de la precitada resolución.  Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

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