Dictamen N° 500001/2024
N° E500001 Fecha: 12-VI-2024 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba las bases administrativas y técnicas para la contratación que señala, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que esa institución deberá verificar que, al momento de ofertar, las empresas participantes no se encuentren afectas a alguna de las inhabilidades previstas en el artículo 35 quáter de la ley N° 19.886, y no de su artículo 35 ter, como se indica en el artículo 25 del pliego de condiciones en estudio. Asimismo, que el anexo N° 2, a que se refiere la letra a) del artículo 76 de las bases administrativas, se denomina “Definición y multas por incumplimiento de nivel de servicio acuerdo de nivel de servicio (SLA)”, y no “Clasificación de los Incumplimientos”, como se anota en la referida disposición. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República (S)