Dictamen N° 50079/2009
N° 50.079 Fecha: 09-IX-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Juan Fermín Cornejo Durán, exonerado político, para solicitar el otorgamiento del bono extraordinario establecido por la ley N° 20.134. Igual petición formula respecto de doña Luz de las Mercedes Valdivia Maturana. Requerido de informe, el Instituto de Previsión Social manifiesta, en síntesis, que no es posible conceder a la señora Valdivia Maturana el bono que solicita, toda vez que no cumple con la totalidad de las condiciones establecidas por el citado texto legal para percibirlo, no pronunciándose acerca de la situación del señor Cornejo Durán. Sobre el particular, es dable anotar que el artículo 1° de la precitada ley, otorga, en lo que interesa, un bono extraordinario a los ex trabajadores del sector privado y de las empresas autónomas del Estado, que hubieren sido exonerados por motivos políticos, entre el 11 de septiembre de 1973 y el 29 de septiembre de 1975, que perciban una pensión no contributiva, por gracia, y en la medida que cumplan las exigencias allí previstas. Ahora bien, cabe señalar que a ninguno de los recurrentes les asiste el derecho a solicitar el referido bono, toda vez que, de los antecedentes tenidos a la vista, se desprende que no gozan de un beneficio no contributivo, por gracia, ya que en la actualidad ambos son titulares de pensiones de régimen, reliquidadas en virtud del tiempo que se les abonara por gracia. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República