Dictamen CGR

Dictamen N° 50103/2011

2011-08-09 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Vigente
Sumario. Improcedencia de reajustar la asignación por costo de vida del personal del ejército que se desempeñó en comisión de servicio en Haití

N° 50.103 Fecha: 09-VIII-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Alejo Fabián Mecklenburg Moraga, ex funcionario del Ejército, para reclamar en contra de esa institución castrense, por el incumplimiento en el pago del reajuste de la asignación de costo de vida del personal que estuvo en comisión de servicio en Haití. Requerido su informe, el mencionado organismo ha manifestado, en síntesis, que el solicitante desarrolló la aludida comisión entre el 10 de julio de 2004 y el 16 de enero de 2005, añade que a través del decreto N° 4, de 2005, del Ministerio de Defensa Nacional, se actualizó el costo de vida del personal que laboraba en el extranjero, con excepción, entre otros, de quienes lo hacían en Haití, por lo que no le correspondería percibir el reajuste que reclama. Sobre el particular, cabe precisar que el inciso segundo del artículo séptimo transitorio de la ley N° 20.327, previene que la asignación del costo de vida será aplicada al personal de las Fuerzas Armadas que haya sido comisionado en el exterior en el segundo semestre de 2004, en misiones de una duración mayor a 31 días, como ocurre en el presente caso, en conformidad a lo dispuesto en el citado decreto N° 4, de 2005. Agrega, que el reajuste de dicha asignación operará con efecto retroactivo al 1 de julio de 2004 y hasta el 31 de diciembre de ese año, por el periodo que corresponda a la comisión de servicios. Enseguida, se debe indicar que el N° 1 del referido decreto N° 4, de 2005, determina el coeficiente del costo de vida en que deben reajustarse, a contar del 1 de enero de ese año, los sueldos del personal comisionado en los países que indica, entre los que no se encuentra Haití, el que, según lo manifestado en el N° 3 del mismo acto administrativo, mantendrá el factor señalado en el decreto N° 10, de 2003, de la misma Subsecretaría, no obstante su derogación dispuesta por ese último numeral. Por consiguiente, atendido que el reajuste de la asignación de costo de vida del aludido decreto N° 4, de 2005, no contempló al personal que cumplió una comisión de servicios en Haití, como ocurrió en el caso del señor Alejo Fabián Mecklenburg Moraga, cabe concluir que el interesado no tiene derecho al pago que reclama. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República