Dictamen CGR

Dictamen N° 50166/2009

2009-09-10 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Vigente
Sumario. Diploma de Bachiller en Comunicación Social mención Periodismo, conferido el 16/8/93, por la Facultad de Comunicación Social, Instituto Metodista de Enseñanza Superior, Federación de Escuelas Superiores del ABC, Sao Bernardo do Campo, Brasil, habilita a su titular para percibir la asignación profesional, en la medida que se cumplan los demás requisitos legales establecidos al efecto

N° 50.166 Fecha: 10-IX-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Comisión Nacional del Medio Ambiente, para solicitar un pronunciamiento que determine si el diploma de Bachiller en Comunicación Social mención Periodismo, conferido al señor Francisco Javier Cabezas Corales, por la Facultad de Comunicación Social, Instituto Metodista de Enseñanza Superior, Federación de Escuelas Superiores del ABC, Sao Bernardo do Campo, Brasil, lo habilita para percibir la asignación profesional. Como cuestión previa, cabe indicar que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que el referido diploma, otorgado en el año 1993, se encuentra inscrito en el Libro de Registro de Títulos Profesionales obtenidos en el Extranjero, que lleva el Ministerio de Relaciones Exteriores. Dicha inscripción se realizó en conformidad a lo establecido en el Convenio de Cooperación Cultural y Científico suscrito entre la República de Chile y la República Federativa del Brasil con fecha 23 de diciembre de 1976 y publicado en el Diario Oficial el 1 de febrero de 1979, lo que permite reconocer el mencionado diploma para efectos del libre ejercicio profesional en Chile del señor Cabezas Corales. Por otra parte, en cuanto al derecho que le asistiría a quien posee dicho diploma para gozar de la asignación profesional, cabe hacer presente que de acuerdo a lo prescrito en el artículo 3° del decreto ley N° 479, de 1974, modificado por el artículo 8° de la ley N° 19.699, aquélla favorece a los funcionarios de las entidades que indica y que, entre otros requisitos, tengan un título profesional otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste, con un programa de estudios de un mínimo de 6 semestres académicos y 3.200 horas de clases. Sin embargo, cumple con hacer presente que estos nuevos requisitos sólo son exigibles para aquellos funcionarios que se hubieren titulado con posterioridad al 16 de noviembre de 2000, data de entrada en vigor de la referida modificación legal, pero sólo en la medida que el funcionario desee impetrar el beneficio de asignación profesional, tal como se ha señalado, entre otros, en los dictámenes N os 9.211, de 2001 y 35.642, de 2008, de este origen. En consecuencia, el diploma de Bachiller en Comunicación Social mención Periodismo, conferido el 16 de agosto de 1993, por la Facultad de Comunicación Social, Instituto Metodista de Enseñanza Superior, Federación de Escuelas Superiores del ABC, Sao Bernardo do Campo, Brasil, habilita a su titular para percibir la correspondiente asignación, en la medida, por cierto, que se cumplan los demás requisitos legales establecidos al efecto. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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