Dictamen N° 50182/2015
N° 50.182 Fecha: 23-VI-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Francisco López Vásquez, para consultar si es posible estudiar otra carrera de educación superior conforme al financiamiento que otorga la ley N° 19.992, atendido que cursó estudios incompletos en la Universidad Tecnológica Metropolitana haciendo uso de ese beneficio, o bien traspasar esa prestación a su hijo. Sobre el particular, cabe advertir que el artículo 7° del decreto N° 32, de 2005, del Ministerio de Educación, que reglamenta el otorgamiento de los beneficios educacionales de la ley N° 19.992, dispone que los alumnos perderán la prestación en comento en las siguientes situaciones: a) retiro temporal como estudiante o abandono de estudios y, b) cuando se configure alguna causal de eliminación prevista en la reglamentación académica de la institución de educación respectiva. Ahora bien, dado que el propio ocurrente expone haber decidido no continuar su carrera, y teniendo en consideración, entre otros, los dictámenes N os 45.738, de 2008 y 41.516, de 2012, de este origen, cabe concluir que al interesado no le asiste el derecho al financiamiento que solicita. Seguidamente, en cuanto a la posibilidad de traspasar la subvención en análisis a su hijo, corresponde hacer presente que el artículo 6° transitorio de la ley N° 20.405 dispone, en lo que importa, que los descendientes hasta el segundo grado de consanguinidad en línea recta de los beneficiarios a que se refiere el artículo 13 de la ley N° 19.992, que no hubieren hecho uso de tal prestación o que, a la fecha de entrada en vigencia de esa ley, hubieran fallecido, sin haber hecho uso de ella, podrán optar a las becas que allí se indican. Por ende, habiendo el reclamante utilizado el beneficio de que se trata, no puede traspasarlo. Finalmente, en cuanto a modificar la normativa que cita debido a las dificultades que presentó la carrera que estudió, es útil indicar que para ello se requiere necesariamente de una modificación normativa en tal sentido, lo que no ha acaecido. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante