Dictamen CGR

Dictamen N° 50365/2016

2016-07-07 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcances la resolución N° 983, de 2016, del Hospital Clínico San Borja Arriarán
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Dictamen N° 448218/2024
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N° 50.365 Fecha: 07-VII-2016 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba las bases administrativas y técnicas, y los formularios para la contratación del servicio quirúrgico de cirugías cardíacas para el Hospital Clínico San Borja Arriarán, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante lo señalado, es menester hacer presente que la apertura de la licitación de que se trata debe verificarse en el día y hora previstos en la cláusula N° 5 del anotado pliego de condiciones, sin que pueda extenderse en los términos que esta contempla, toda vez que el llamado concursal debe asegurar certeza en tales aspectos, con arreglo a lo dispuesto por el N° 4 del artículo 24 y el inciso segundo del artículo 33, ambos del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Corresponde puntualizar que lo expresado anteriormente debe ser precisado en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración. Del mismo modo, es necesario advertir que ese centro de salud, en lo sucesivo, deberá inutilizar, con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, las páginas en blanco de los instrumentos que se remitan para toma de razón (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s. 56.503, de 2008, y 32.190, de 2016). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución en análisis. Saluda atentamente a Ud., Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante

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