Dictamen N° 50454/2010
N° 50.454 Fecha: 30-VIII-2010 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al decreto N° 130, de 2010, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, que otorga la concesión marítima mayor que indica, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, cabe señalar que la coordenada geográfica del vértice F, en su medida de Latitud S, es 36°43’33,75’’ y no como erróneamente se señala en el N° 3 del instrumento en examen. En otro orden de consideraciones, procede manifestar que tanto el N°2 del acto, como la figura gráfica y el cuadro de distancias y áreas del plano adjunto, consignan una superficie de 4.815,99 metros cuadrados para el sector 1, tramo 1, en circunstancias que conforme a las medidas indicadas en dicho plano la superficie de la playa de mar es mayor, inconsistencia que deberá ser rectificada. A su turno, en lo que respecta a la renta que se expresa en el N°9, letra a), del decreto en estudio, cumple con señalar que conforme a la solicitud del interesado, la dimensión que ocupará el molo de atraque es de 600 metros lineales. Asimismo, en concordancia con lo previsto en el artículo 68, letra C, del decreto N° 2, de 2005, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, el metro lineal del molo se mide desde el estribo hasta el cabezo, por el costado interior de las aguas que abrigan y no como se ha consignado en la letra a) del N° 9, precedentemente señalado. En mérito de lo anteriormente expuesto se representa el acto administrativo referido. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República